Derechos
Serán derechos fundamentales de los asociados:
1. Utilizar los servicios de la cooperativa y realizar con ella las operaciones propias de su objetivo social.
2. Participar en las actividades de la cooperativa y en su administración mediante el desempeño de cargos sociales.
3. Ser informado de la gestión de la cooperativa de acuerdo con las prescripciones estatutarias.
4. Ejercer actos de decisión y elección en las asambleas generales.
5. Fiscalizar la gestión de la cooperativa, y
6. Retirarse voluntariamente de la cooperativa.
El ejercicio de los derechos estará condicionado al cumplimiento de los deberes.
Deberes
Serán deberes especiales de los asociados:
1. Adquirir conocimiento sobre los principios básicos del cooperativismo, características del acuerdo cooperativo y estatutos que rigen la entidad.
2. Cumplir las obligaciones derivadas del acuerdo cooperativo.
3. Aceptar y cumplir las decisiones de los órganos de administración y vigilancia.
4. Comportarse solidariamente en sus relaciones con la cooperativa y con los asociados de las misma, y
5. Abstenerse de efectuar actos o de incurrir en omisiones que afecten la estabilidad económica o el prestigio social de la cooperativa.